Corte Suprema de Chile

Apelan ante Corte Suprema por matrimonio igualitario / Movilh Chile

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La Corte Suprema de Justicia de Chile es el máximo órgano jurisdiccional dentro de los tribunales integrantes del Poder Judicial chileno. Está compuesta por 21 integrantes llamados Ministros, de los cuales uno es su Presidente. La Corte tiene, además, un fiscal judicial, un secretario, un prosecretario y ocho relatores.

Se encuentra en la cima del orden jerárquico del Poder Judicial, sobre las Cortes de Apelaciones, los Juzgados de Letras, los Juzgados de Garantía, los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y los Tribunales Especiales, y le corresponde la superintendencia directiva, correccional y económica sobre todos los tribunales de la República de Chile, exceptuado el Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones y los tribunales electorales regionales.

La Corte Suprema de Chile fue creada por la Constitución Política de 1823 e instalada el 29 de diciembre del mismo año, siendo una de las más antiguas instituciones de su tipo en el mundo y la más antigua de América latina aún en funcionamiento. Tiene su sede en Santiago de Chile, capital de la República, en el edificio del Palacio de los Tribunales de Justicia.

Historia

El primer antecedente sobre la creación de un tribunal supremo en Chile se puede encontrar en el "Reglamento Provisorio para la Administración de Justicia de 1811" (Reglamento provisional para el entable, substanciación y término de los recursos de injusticia notoria, segunda suplicación y otros extraordinarios, de 4 de octubre de 1811), que dispuso el establecimiento de un "Tribunal Supremo Judiciario", destacando la ventaja que los recursos pudieran ser conocidos "en la propia patria, por magistrados de sus mismos conciudadanos".

La Constitución Política de 1818 contempló una figura similar, denominándolo "Supremo Tribunal Judiciario" (Título V, artículo 1º), mientras la Constitución Política de 1822 incluyó dentro de su normativa un "Tribunal Supremo de Justicia" (artículo 160).

Sin embargo, las anteriores iniciativas quedaron solo en el papel, creándose en su lugar comisiones especiales para conocer de los recursos que habrían sido de su competencia. Por ello, no puede decirse que, tales comisiones o tribunales ad hoc, "con su estrechísima esfera de atribuciones por respetables que se las considere, merecen el título de genuinos antecesores de la Corte Suprema de Justicia".

La elección de la Corte Suprema de Chile se remonta a 1823. La Constitución Política de 1823 creó la "Suprema Corte de Justicia", calificándola como la "primera magistratura judicial del Estado" (artículo 143), que debía "proteger, hacer cumplir y reclamar a los otros poderes por las garantías individuales y judiciales", compuesta de 4 ministros, un presidente, más un "procurador nacional". La instalación de la Corte se verificó el 29 de diciembre del mismo año, siendo sus primeros integrantes: José Gregorio Argomedo (presidente), Francisco Antonio Pérez, Gaspar Marín y Lorenzo José Villalón (ministros), y Mariano Egaña (procurador nacional). Posteriormente, cambió su denominación oficial a "Corte Suprema", con la Constitución Política de 1828 (artículo 93). La Constitución Política de 1833 no la contempló, limitándose a dejar a la ley la determinación de la magistratura a cuyo cargo estuviere "la superintendencia directiva, correccional y económica sobre todos los Tribunales y juzgados de la Nación, con arreglo a la ley que determine su organización y atribuciones" (artículo 113), manteniendo la estructura y organización de los tribunales entonces vigente (derivada de la Constitución de 1823 y del "Reglamento de Administración de Justicia de 1824"), hasta la dictación de dicha norma legal.

En 1835, por medio de una ley, considerando las pocas labores que realizaba la Corte Suprema y la recarga de trabajo de la Corte de Apelaciones, se le otorgó competencia de segunda instancia en materias criminales y de hacienda; es decir, se dividió el conocimiento de los recursos de apelación entre ambos tribunales (los asuntos civiles los mantuvo la Corte de Apelaciones).

En 1875, con la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, se estructuró a la Corte Suprema como un tribunal de casación, otorgándole competencia para revisar las sentencias de las Cortes de Apelaciones por esa vía. Sin embargo, esas facultades quedaron pendientes a la dictación de los Códigos de Procedimientos.

Composición

La Corte Suprema –que tiene el tratamiento oficial de "Excelencia"– está compuesta desde 1997 por 21 miembros –que tienen el tratamiento de "Señoría"–, uno de los cuales es su Presidente y los demás se denominan Ministros, cuyo orden de precedencia se determina por antigüedad. Anteriormente el número de miembros fue de 17 en 1988, 16 en 1984, 13 en 1918, 9 en 1902, 7 en 1889 y 5 en 1823.

Por lo general, se reputa que quienes acceden a la Corte Suprema son jueces de gran calidad profesional o intelectual, que han desarrollado una carrera destacada al interior del Poder judicial. Se suele decir que para acceder a la Corte Suprema hay que haber integrado la Corte de Apelaciones de Santiago. Pocos escapaban a esa regla, aun cuando ya la ley contemplaba temperamentos (por ejemplo, la inclusión automática entre los candidatos, de la primera antigüedad entre los Ministros de Corte de Apelaciones, cualquiera fuere su procedencia).

Tras una reforma (de 1997) se admitió la incorporación a la Corte de miembros ajenos al Poder Judicial. Dentro de los 21 ministros, cinco de ellos deben ser abogados extraños a la administración de justicia por lo que cuando la Corte Suprema debe llenar un cargo correspondiente a funcionarios del poder judicial forman la quina con personal judicial y cuando debe llenar un cargo correspondiente a abogados extraños a la administración de justicia, forman la quina con los abogados que se presentan a concurso que tengan a lo menos 15 años de título y siempre que se hayan destacado en la vida pública o universitaria.

Actualmente forman parte del máximo tribunal siete mujeres, lo que equivale a un 35% de sus miembros, aunque en los Tribunales de primera instancia la judicatura femenina es absolutamente corriente, con un 60,1% de juezas.

Nombramiento

Los Ministros son nombrados por el Presidente de la República, con el acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. El Presidente sólo puede someter a la aprobación del Senado a una persona extraída de una nómina de cinco (una "quina" o "cinquena"), propuesta por la misma Corte Suprema. Se trata, pues, de una forma compleja de autogeneración de sus integrantes o cooptación.

Miembros actuales

La Corte Suprema se encuentra integrada por 21 integrantes.

Orden Nombre Nombrado por Ingreso Jubilación Universidad
PresidenteJuan Eduardo Fuentes BelmarSebastián Piñera Echenique27 de septiembre de 201124 de octubre de 2024U. de Concepción
MinistroSergio Manuel Muñoz GajardoRicardo Lagos Escobar18 de octubre de 200510 de febrero de 2032P. U. Católica de Valparaíso
MinistroHaroldo Osvaldo Brito CruzMichelle Bachelet Jeria7 de julio de 200816 de noviembre de 2023U. de Valparaíso
MinistroRicardo Luis Hernán Blanco HerreraSebastián Piñera Echenique6 de junio de 201313 de mayo de 2029U. de Chile
MinistraGloria Ana Chevesich RuizSebastián Piñera Echenique2 de agosto de 20134 de noviembre de 2033U. de Chile
MinistraAndrea Muñoz SánchezSebastián Piñera Echenique13 de marzo de 201414 de julio de 2032U. de Chile
MinistroManuel Antonio Valderrama RebolledoMichelle Bachelet Jeria26 de agosto de 201525 de febrero de 2031U. de Chile
MinistroJorge Gonzalo Dahm OyarzúnMichelle Bachelet Jeria21 de octubre de 201529 de diciembre de 2023U. de Chile
MinistroArturo José Prado PugaMichelle Bachelet Jeria17 de julio de 201713 de octubre de 2030U. de Chile
MinistraÁngela Francisca Vivanco MartínezSebastián Piñera Echenique8 de agosto de 20189 de marzo de 2038P. U. Católica de Chile
MinistroMauricio Alonso Silva CancinoSebastián Piñera Echenique31 de enero de 201930 de enero de 2028U. de Chile
MinistraMaría Angélica Cecilia Repetto GarcíaSebastián Piñera Echenique8 de agosto de 201922 de noviembre de 2028P. U. Católica de Valparaíso
MinistroLeopoldo Llanos SagristáSebastián Piñera Echenique16 de diciembre de 201930 de enero de 2028U. de Concepción
MinistraAdelita Ravanales ArriagadaSebastián Piñera Echenique14 de octubre de 202014 de octubre de 2039P. U. Católica de Chile
MinistroMario Carroza EspinosaSebastián Piñera Echenique31 de diciembre de 202012 de abril de 2026U. de Chile
MinistraMaría Teresa Letelier RamírezSebastián Piñera Echenique8 de junio de 202124 de diciembre de 2025P. U. Católica de Chile
MinistroJean Pierre Matus AcuñaSebastián Piñera Echenique19 de octubre de 20217 de julio de 2042P. U. Católica de Chile
MinistraMaría Cristina Gajardo HarboeSebastián Piñera Echenique21 de enero de 202215 de abril de 2038U. de Chile
MinistroDiego Gonzalo Simpertigue LimareSebastián Piñera Echenique21 de enero de 202230 de diciembre de 2031U. Nacional de Loja
(con estudios en U. de Valparaíso)
MinistraMaría Soledad Melo Labra Gabriel Boric Font03 de noviembre de 202211 de octubre de 2037U. de Concepción
Vacante

La fiscal judicial de la Corte Suprema es Lya Cabello Abdala. El secretario de la Corte es Jorge Sáez Martín y el prosecretario es Marcelo Doering Carrasco.

Atribuciones

La Corte Suprema es un tribunal colegiado que, para el conocimiento de los asuntos de su competencia, funciona por regla general dividida en salas especializadas –con no menos de 5 jueces cada una, siendo presididas por el ministro más antiguo, cuando no esté presente el Presidente de la Corte– y, excepcionalmente, en pleno –con la concurrencia de 11 de sus miembros a lo menos–.

Corresponde a la Corte Suprema en pleno:

  • Conocer de las apelaciones que se deduzcan en las causas por desafuero de las personas a quienes les fueren aplicables los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Constitución Política;
  • Conocer en segunda instancia, de los juicios de amovilidad fallados e…
Texto obtenido de Wikipedia - Corte Suprema de Chile bajo la licencia CC-BY-SA-3.0 el 17 abril 2023

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