El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) es un organismo público desconcentrado de carácter técnico que opera dentro de la órbita del Ministerio de Economía de la Nación, que ejerce la dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realizan en la República Argentina.
Su creación y funcionamiento están reglamentados por la Ley n.º 17.622, los decretos N° 3110/70, 1831/93, y la Disposición INDEC N° 176/99.
El INDEC produce información estadística sobre la Argentina que puede ser utilizada por los gobiernos para la planificación de políticas públicas. También puede ser empleada para otras investigaciones y proyecciones que se realizan en ámbitos académico y privado.
Los datos individuales que aporta la ciudadanía son confidenciales y se encuentran resguardados por secreto estadístico según lo establecido por la Ley n.º 17.622.
Las funciones del INDEC están detalladas en el artículo 5 de la Ley N.º 17.622: es responsabilidad del Instituto implementar la política estadística del Estado argentino; estructurar y conducir el Sistema Estadístico Nacional (SEN); diseñar metodologías para la producción estadística; organizar y dirigir los operativos estadísticos de infraestructura; y elaborar indicadores básicos e información social, económica, demográfica y geográfica, entre otros.
El INDEC responde a una estructura con jerarquía escalonada. A través de la Resolución N° 426-E/2017 “se faculta al titular del Ministerio de Hacienda, previa intervención de la Subsecretaría de Planificación de Empleo Público del Ministerio de Modernización, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior hasta un máximo de 28 direcciones y 15 coordinaciones”.
En mayo del 2017 se rediseñó la estructura del organismo mediante la decisión administrativa N.º 305 de la Jefatura de Gabinete de la Nación. El nuevo esquema organizativo contempló la incorporación, homologación, reasignación y ratificación de las direcciones nacionales y generales con sus respectivas responsabilidades y acciones, al mismo tiempo que se creó el cargo de director de gestión.
La Dirección de Gestión contiene a la Dirección Nacional del Sistema Estadístico Nacional, la Dirección General de Administración y Operaciones, la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, la Dirección de Informática y la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Por su parte, la Dirección Técnica, también bajo la órbita de la Dirección del Instituto, está a cargo de la Dirección Nacional de Metodología Estadística, la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales, la Dirección Nacional de Cuentas Internacionales, la Dirección Nacional de Estadísticas y Precios de la Producción y el Comercio, la Dirección Nacional de Estadísticas del Sector Externo, la Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y de Población, y la Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de Vida.
En la nueva estructura también se encuentran la Dirección Nacional de Difusión y Comunicación, que se encarga de “la conducción y ejecución de programas de comunicación específicos diseñados en función de los diferentes objetivos públicos”; y la Dirección Nacional de Planificación, Relaciones Institucionales e Internacionales, que se ocupa de “realizar y mantener actualizado el mapa de las relaciones internacionales del Instituto, estableciendo o iniciando aquellas que sean claves en relación con el Plan estratégico. Ambas dependen directamente de la Dirección del Instituto.
El INDEC coordina el funcionamiento del Sistema Estadístico Nacional (SEN) bajo los principios de centralización normativa y descentralización ejecutiva; confecciona el Programa Anual de Estadística y Censos; y desarrolla metodologías y normas que aseguren la comparación de información procedente de distintas fuentes.
El SEN está conformado por el propio INDEC y los organismos centrales de estadísticas (dependientes de los ministerios, las secretarías de Estado, los comandos en jefe de las Fuerzas Armadas, los organismos descentralizados de la administración nacional y los organismos descentralizados de las empresas del Estado) y los organismos periféricos de estadística (que están bajo la órbita de los gobiernos provinciales y municipales, las reparticiones autárquicas, las empresas provinciales y municipales, y los entes interprovinciales), que son las unidades orgánicas encargadas de elaborar, recopilar, interpretar y/o divulgar estadísticas oficiales.
En cada provincia existe una dirección provincial de estadística (DPE), dependiente del gobierno provincial. El INDEC acuerda por convenio, con cada una de las DPE, las actividades a desarrollar durante el año calendario para la organización y realización de los operativos nacionales, respondiendo al carácter federal de la República Argentina.
Desde el año 1980, el INDEC realizó una división regional del territorio a fin de brindar información estadística. En ella se incluían las regiones Metropolitana, Cuyana, Noroeste, Noreste, Pampeana y Patagónica. En la actualidad, el Instituto adopta la siguiente nomenclatura para su regionalización:
A partir de la nueva estructura aprobada en la Resolución 426-E/2017, se contempló la apertura de seis delegaciones regionales correspondientes con las seis regiones estadísticas establecidas por el INDEC: Gran Buenos Aires, Cuyo, Pampeana, Noreste (NEA), Noroeste (NOA) y Patagonia.
En diciembre de 2017, el Instituto anunció la designación de las delegaciones regionales del NEA y el NOA. Mientras que delegación de la región Patagonia comenzó a funcionar en marzo de 2018. Esas delegaciones tienen la función de representar al Instituto y a la Dirección Nacional del SEN como nexo institucional ante los organismos estadísticos provinciales y locales. Entre otras responsabilidades, también deben facilitar la ejecución de los procesos y tareas contenidas en el programa anual de estadísticas, censos nacionales y otros operativos estadísticos; proponer acciones para mejorar la articulación del SEN; y brindar asistencia técnica a los organismos provinciales y locales para el fortalecimiento del servicio público de estadísticas.
En el artículo 14 del decreto N° 3110/70, se describen las disposiciones reglamentarias de la ley 17.622, y en ella se establece que toda comunicación proveniente del Instituto debe asegurar el secreto estadístico; esto es, la confidencialidad de la información individual suministrada por los respondentes. Todo dato será publicado en compilaciones de conjunto, de modo que no pueda ser vulnerado el secreto comercial o patrimonial, ni ser individualizadas las personas o entidades a las que se refieran los datos.
“Las declaraciones y/o informaciones individuales no podrán ser comunicadas a terceros - aunque se trate de autoridades judiciales o de servicios oficiales ajenos al SEN- ni utilizadas, difundidas o publicadas en forma tal que, permitan identificar a la persona o entidad que las formuló”.
Asimismo, el artículo 15 dicta que “los servicios estadísticos periféricos podrán tener acceso a las informaciones individuales captadas por los servicios estadísticos centrales siempre que cuenten con instrumentos legales que establezcan el mismo régimen de obligaciones, prohibiciones y penalidades en resguardo del secreto estadístico”.
El secreto estadístico -también denominado “confidencialidad estadística”- es un recurso legal usado por todas las oficinas oficiales de estadística del mundo con el fin de proteger los datos individuales de los informantes.
Éstos son otros destinos para encontrar lugares relacionados con Instituto Nacional de Estadística y Censos: